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institución:MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio N° 09404 15 de julio del 2016. DJ-1266-2016 Señora Kattia Rivera Soto Primera Vicealcaldesa Municipalidad de Santo Domingo de Heredia Estimada señora: Asunto: Se rechaza consulta por falta de competencia del Órgano Contralor. Se refiere este Despacho a su oficio número VIALM-OF-003-2016 recibido el pasado 27 de junio del año en curso, mediante el cual presenta algunas preguntas relacionadas con la celebración del día del Régimen Municipal, el cual se celebra el 31 de agosto. Al respecto, cabe señalar que de acuerdo con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, n.° 7428 del 07 de setiembre del año 1994, el órgano contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4. En este sentido, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-197-2011 de las ocho horas del 13 de diciembre de 2011, publicado en Gaceta n.° 244 del 20 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva y por tanto, las consultas que se dirijan al órgano contralor deben cumplir los requisitos determinados en dicha normativa. Al efecto, el artículo 8 del Reglamento de referencia, establece requisitos de obligatorio cumplimiento para la presentación de las consultas que ingresen para su atención, conforme al artículo 29 de la Ley n.° 7428, dicho numeral d ...
Fecha publicación: 18/07/2016
Fecha emisión: 15/07/2016
Documento: 09404-2016.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Falta de competencia


R-DCA-1033-2015 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las trece horas con veinticinco minutos del catorce de diciembre del año dos mil quince.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por LUCAS ELECTROHIDRÁULICA, S.A., en contra de la resolución que deniega reajuste de precios, dictada con ocasión de la Contratación Directa N° 2013CD-000210-01, promovida por la MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO, para el “Diseño, construcción y operación de una planta de tratamiento de agua potable y un tanque de almacenamiento para el acueducto de los distritos del este”, adjudicado a favor de LUCAS ELECTROHIDRÁULICA, S.A., por un monto d e?764.943.400,00.-------------------------------------- RESULTANDO I. Que la empresa Lucas Electrohidráulica, S.A., presentó en fecha 30 de noviembre del 2015, ante esta Contraloría General de la República, recurso de apelación en contra de la resolución de la Alcaldía No. ALM-0377-2015 de las doce horas diez minutos del dieciocho de noviembre de dos mil quince, mediante la cual le fue denegado reajuste de precios, dentro de la Contratación Directa N° 2013CD-000210-01, promovida por Municipalidad de Santo Domingo, para el “Diseño, construcción y operación de una planta de tratamiento de agua potable y un tanque de almacenamiento para el acueducto de los distritos del este”, adjudicado a favor de la empresa apelante.----------------------------------------------------------------------------------------------------- II. Que mediante auto de las nueve horas y treinta y cinco minutos del 1° de diciembre de 2015, se solicitó a la Administración el expediente administrativo del concurso, el cual fue remitido mediante oficio sin número y sin fecha, recibido el 2 de diciembre de 2015.---------------------------- III. Que en el procedimiento se han observ ...
Fecha publicación: 17/12/2015
Fecha emisión: 14/12/2015
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio N.° 11387 12 de agosto, 2015 DFOE-DL-0870 Señora Laura Prado Chacón Alcaldesa Municipal lauprado@munisantodomingo.go.cr MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO Heredia Estimada señora: Asunto: Emisión de criterio solicitado por la Alcaldía de la Municipalidad de Santo Domingo en torno a la definición de metas en el caso de obras cuya ejecución excede el período del PAO/Presupuesto. Se procede a dar respuesta a su consulta efectuada en el oficio ALM-0184-2015 de 17 de junio de 2015, en el que solicita el criterio de la Contraloría General sobre la definición de metas en el plan anual operativo, en aquellos casos en los cuales, por tratarse de la ejecución de proyectos constructivos, se excede del período anual de vigencia del Plan anual operativo/Presupuesto. I. MOTIVO DE LA GESTIÓN Específicamente indica en su consulta: “Cuando un proyecto constructivo institucional es demasiado grande para poder ser iniciado y efectiva, integral y legítimamente concluido en un solo período fiscal – o simplemente alguno es incluido en un presupuesto extraordinario y ocurriera que no cuenta con todo el tiempo necesario para su efectiva conclusión ceñida al ciclo fiscal proyectado- ¿cual (sic) es la forma correcta en que debe tratarse en el respectivo PAO ordinario o extraordinario del año de su inicio el segmento de su flujo previsto como viable de llevar a cabo dentro de ese período fiscal, sabiendo que su porción efectivamente realizable se reconoce como solo parcial o fraccionada para el fin de ese plazo, y que deberá ser continuado en el siguiente ciclo fiscal o incluso en varios?”. A efecto de atend ...
Fecha publicación: 13/08/2015
Fecha emisión: 12/08/2015
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Normativa Tecnica Presupuestaria


División Jurídica Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 09199 01 de julio del 2015. CGR/DJ-1223-2015 Señora Laura Prado Chacón Alcaldesa Municipal MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO Estimada señora: Asunto: Se previene cumplimiento de requisitos para presentación de consultas ante la CGR. Criterio Jurídico. Se refiere este Despacho a su oficio número ALM-0184-2015, recibido en esta Contraloría General el pasado 18 de junio del año en curso, mediante el cual realiza consulta relacionadacon la planificación y el presupuesto de un proyecto plurianual. De primer orden, se indica que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, número 7428, del 07 de setiembre de1994, el órgano contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. En este sentido, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las ocho horas del trece de diciembre del 2011, publicado en la Gaceta No. 244 del 20 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Las consultas que se dirijan al órgano contralor deben cumplir los requisitos establecidos en la normativa vigente, según se indicó. Al efecto, el artículo 8 del reglamento de referencia establece algunos requisitos de obligatorio cumplimiento para la presentación de las consultas que ingresen para su atención confor ...
Fecha publicación: 04/07/2015
Fecha emisión: 01/07/2015
Documento: 09199-2015.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


R-DCA-452-2015 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas con veinte minutos del veintidós de junio del dos mil quince.---------------------------------------------------------------------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por Consorcio FVC-CUBIC-PERMASTORE, en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada No. 2015LA-000001-01, promovida por la Municipalidad de Santo Domingo, para la construcción de un tanque cilíndrico de almacenamiento y obras complementarias para el acueducto de los distritos del este, acto recaído a favor del consorcio Lucas Electrohidráulica, Florida Aquastore, y Utility Construcción Inc., por la suma de ¢ 139.702.447,28.------------------------------------------ RESULTANDO I. Que el consorcio FVC-CUBIC-PERMASTORE, el veinticuatro de abril de dos mil quince presentó ante esta Contraloría General recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de la referida licitación abreviada.---------------------------------------------------------- II. Que mediante auto de las diez horas del veintisiete de abril de dos mil quince, se solicitó el expediente administrativo, lo cual fue atendido mediante oficio sin número de veintiocho de abril de dos mil quince.----------------------------------------------------------------------- III. Que mediante auto de las nueve horas del once de mayo de dos mil quince, se otorgó audiencia inicial, la cual fue atendida de conformidad con los términos de los escritos que constan agregados al expediente de apelación.--------------------------------------------------------- IV. Que mediante auto de las trece horas del primero de junio de dos mil quince, fue otorgada audiencia especial a la Administración para que se refiriera al disponible presupuestario de la contratación y aportara la respectiva certificación de contenido presupuestario. Esta audiencia fue ate ...
Fecha publicación: 25/06/2015
Fecha emisión: 22/06/2015
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


R-DCA-682-2012 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del veinte de diciembre del dos mil doce. -------------------------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por FERNÁNDEZ VAGLIO CONSTRUCTORA S. A., en contra del cartel de la Contratación Directa No. 2012CD-000309-01, promovida por la MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA para la contratación del diseño, construcción y operación de una planta de tratamiento de agua potable y un tanque de almacenamiento para el acueducto de los distritos del este.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- I. POR CUANTO: La empresa Fernández Vaglio Constructora S.A., presentó recurso de objeción ante esta Contraloría General el catorce de diciembre del dos mil doce.------------------------------------------- II. SOBRE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO INTERPUESTO: Dentro del análisis de admisibilidad que debe realizarse cuando se interpone un recurso de objeción, es determinar si se ostenta la competencia para conocerlo. En el caso sometido a estudio resulta relevante señalar que el procedimiento de Contratación Directa No. 2012CD-000309-01 se efectuó a partir de la autorización de contratación directa otorgada por este órgano contralor según oficio número 11180 (DCA-2527) del 23 de octubre del 2012, en el cual, propiamente en el condicionamiento número cinco, se indicó: “Con respecto al régimen recursivo aplicable, este Despacho toma en consideración que se debe procurar un equilibrio entre la satisfacción oportuna de la necesidad que se pretende solventar y el derecho a recurrir de las partes, motivo por el cual se dispone que contra el cartel del concurso se podrá interponer recurso de objeción y contra el acto de adjudicación, el que declare infructuoso o desierto el concurso se podrá interponer recurso de apelación. E ...
Fecha publicación: 03/01/2013
Fecha emisión: 20/12/2012
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 11759 24 de noviembre 2011 DJ-1301-2011 Señora Gabriela Vargas Aguilar Secretaria del Consejo Municipal MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA Estimado señora Asunto: Se rechaza consulta relacionada con la emergencia sanitaria de los distritos del este de dicho cantón. Se refiere este Despacho al oficio SCM-0453-2011, recibido el pasado 14 de noviembre del 2011, por medio del cual se consulta sobre la posibilidad de exoneración de impuestos por concepto de servicio de agua potable por un plazo de quince días a los distritos del este del Cantón de Santo Domingo de Heredia, ha consecuencia de una emergencia sanitaria; así como también a la vez la aplicación de tarifas menores a estos distritos mencionados, en comparación con los restantes. Consulta Aprobada por el Concejo Municipal en la Sección Ordinaria No.127-2011 del 7 de noviembre de 2011 CRITERIO DEL DESPACHO En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000, el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas, como tampoco podrá dar su criterio sobre temas fuera de su competencia. Este proceder, se funda en el interés de no sustituir a las entidades consultantes en la solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera emitir un pronunciamiento en punto a situaciones o casos específicos cuyas particularidades y detalles se desconocen, lo cual imposibilita rendir un criterio completo y suficientemente informado. Ahora bien, interesa señalar que en la Circular antes relacionada se establecen algunos requisitos de obligado cumplimiento al momento de remitir ...
Fecha publicación: 27/11/2011
Fecha emisión: 24/11/2011
Documento: 11759-2011.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales Lic. Raúl Isidro Bolaños Arce -6- 9 de mayo, 2008 Al contestar refiérase al oficio No. 04201 9 de mayo, 2008 FOE-SM-0721 Licenciado Raúl Isidro Bolaños Arce Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO Heredia Estimado señor: Asunto: Responsabilidad respecto de la implantación del Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional (SEVRI). Se atiende su oficio No. ALM 0154-2008 del 25 de marzo del año en curso, mediante el cual solicita respuesta a la interrogante “¿Cuál es el Jerarca responsable directo de la implementación del Sistema Especial de Valoración del Riesgo Institucional?”. En principio es importante definir que se entiende por jerarca y cuál es el papel que este desempeña dentro del municipio y en la implantación del componente de valoración del riesgo como parte del sistema de control interno, conforme lo dispuesto el artículo 14 de la Ley General de Control Interno No. 8292 (LGCI), para señalar seguidamente, las responsabilidades definidas en el marco normativo que corresponde a la implantación del SEVRI: a) De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 inciso c) de la LGCI el jerarca es el “superior jerárquico del órgano o del ente; ejerce la máxima autoridad dentro del órgano o ente, unipersonal o colegiado”. Dentro del gobierno local tal concepto debe analizarse conjuntamente con el artículo 169 de la Carta Magna y lo dispuesto en el Código Municipal para esos efectos, criterios que son presentados en el dictamen de la Procuraduría General de la República (PGR) C-093-2001 del 28 de marzo de 2001, en el cual se aclara lo que debe entenderse por Jerarca Administrativo de una Municipalidad, haciendo la distinción con el concepto de Jerarca. De modo que a continuación se transcribe dicho dictamen y se destaca lo que interesa para los fin ...
Fecha publicación: 20/05/2008
Fecha emisión: 09/04/2008
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA area servicios municipales Al contestar refiérase al oficio Nº 6796 31 de mayo, 2006 FOE-SM- 1115 Señor Gerardo Mata Araya Director Ejecutivo FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE HEREDIA Heredia Estimado señor: Asunto: Respuesta a oficios No. 56-2006 y 63-2006 de la Federación de Municipalidades de Heredia. En atención a sus oficios No. 56-2006 y 63-2006, ambos de fecha 28 de marzo de 2006, mediante los cuales solicita a esta Contraloría General improbar los presupuestos de las Municipalidades de Belén y Santo Domingo, por mantener deudas con esa Federación, se le comunica que no existe norma legal que ante el incumplimiento de los pagos por afiliación a esa Federación, obligue a esta Contraloría General de la República a proceder conforme con lo solicitado. En consecuencia, sugerimos a esa Entidad llevar a cabo una revisión de la gestión de cobro que se ha venido realizando, a efecto de que se tomen las medidas necesarias para garantizar su efectividad y se logre subsanar la situación expuesta. Atentamente, Licda. Hady Mena Bonilla Gerente de Área a.í. MEVG/LGPL/MMC/mrmv Ci: Expediente: Oficios con respuesta 2006 Archivo Central NI: 8249-8251 2005006087-4, 2005006428-6 Criterios y pronunciamientos ] ...
Fecha publicación: 08/05/2006
Fecha emisión: 05/05/2006
Documento: 06796-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE INFORMACION


PAGE 3 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA Al contestar refiérase al oficio N° 02634 20 de febrero de 2006 DAGJ-0363-2006 Señora Gabriela Vargas Aguilar Secretaria Municipal MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO PROVINCIA DE HEREDIA Estimada señora: Asunto: Pago de prohibición por administración tributaria al abogado del municipio Se refiere este Despacho a su oficio SCM-049-06 de fecha 31 de enero de 2006, en el cual nos remite certificación del acuerdo tomado en la sesión No.5-2006 de 30 de enero de 2006, visible en el artículo III inciso 13, apartado b) en el cual se acordó solicitar el criterio de este Despacho en relación con la legalidad del cambio de régimen del abogado de planta de Dedicación Exclusiva a Prohibición, adjuntando el criterio del Asesor Legal de ese Concejo, Lic. Jorge Iván Calvo León, así como copia de la siguiente documentación: resolución Legal 28-2005 del 18 de octubre de 2005, suscrita por la señora Alcaldesa, oficio LEGAL-104-2005 del 8 de diciembre de 2005 de la Alcaldía Municipal y el Oficio ALCALDÍA-06-2006, también de la Alcaldía Municipal. · Criterio del Despacho Una vez revisados los antecedentes que informan este caso, nos encontramos que ya desde el oficio 5331 (DI-CI-204) de 22 de mayo de 2003 del Centro de Relaciones para el Control y la Fiscalización Superiores se recomendó que con respecto al pago de prohibición o dedicación exclusiva a servidores de ese Municipio, fuese la Asesoría Legal del Concejo el que estudiara esta cuestión, criterio jurídico que fue emitido por el Asesor Legal externo, contenido en el oficio ALEMSD-26-2005 de 27 de setiembre de 2005, en donde en el caso que nos ocupa se analizan las normas aplicables con respecto al abogado de planta de dicha corporación municipal y se recomienda a la Alcaldía Municipal que con vista en la funciones que realiza dicho profesional “...si participa de la llamada administración tributaria, y así (sic) fuere, que dicte la resolución respectiva, reconociendo el ...
Fecha publicación: 20/02/2006
Fecha emisión: 17/02/2006
Documento: 02634-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
Tesauro: Prohibicion de Ejercicio Profesiones Liberales